lunes, 21 de marzo de 2011

Las Facultades de las Sociedades Anónimas

El artículo 19 de la Ley 32 de 1927, que regula lo relacionado a las Sociedades anonimas, desarrola un tema de tal envergadura como lo es las facultades legales que posee una Sociedad Anónima en  Panamá.

1. La de demandar y ser demandada en juicio;
2. La de adoptar y usar un sello social y variarlo cuando lo crea conveniente;
3. La de adquirir, comprar, tener, usar y traspasar bienes muebles e inmuebles de todas clases y constituir y aceptar prendas, hipotecas, arrendamientos, cargas y gravámenes de todas clases;
4. La de nombrar dignatarios y agentes;
5. La de celebrar contratos de todas clases;
6. La de expedir sin contrariar las leyes vigentes o el pacto social, estatutos para el manejo, reglamentación y gobierno de sus negocios y bienes, para el traspaso de sus acciones, para la convocatoria de las reuniones de accionistas y de directores para cualquier otro objeto lícito;
7. La de llevar a cabo sus negocios y ejercer sus facultades en países extranjeros;
8. La de acordar su disolución de acuerdo con la ley, ya sea por su propia voluntad o por otra causa;
9. Tomar dinero en préstamo y contraer deudas en relación con sus negocios o para cualquier objeto licito; la de emitir bonos, pagares, letras de cambio y otros documentos de obligación (que podrán o no ser convertibles en acciones de la sociedad) pagaderos en determinada fecha o fechas, o pagaderos al ocurrir un suceso determinado, ya sea con garantía hipotecaria o prendaria o sin garantía, por dinero prestado o en pago de bienes adquiridos, o por cualquier otra causa legal;
10. La de garantizar, adquirir, comprar, tener, vender, ceder, traspasar, hipotecar, pignorar o de otra manera disponer o negociar en acciones, bonos u otras obligaciones emitidas por otras sociedades o por cualquier municipio, provincia, estado o gobierno;
11. La de hacer cuanto se necesario en desarrollo de los objetos enumerados en el pacto social o en las reformas de éste, o lo que sea necesario o conveniente par al protección y beneficio de la sociedad y, en general, la de hacer cualquier negocio lícito aunque no sea semejante a ninguno de los objetos especificados en el pacto social o en sus reformas.

El artículo 20 dispone otras de las facultades de las Sociedades Anónimas, señalando que consisten en crear y emitir una o mas clases de acciones, con las designaciones, preferencias, privilegios, facultad de voto, restricciones o requisitos y otros derechos que su pacto social determine, y con sujeción a los derechos de redención que se haya reservado la sociedad en el pacto social.
                                                                                                                             
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martes, 7 de septiembre de 2010

Las Sociedades Anónimas en Panamá

Las Sociedades Anónimas (S.A.) en Panamá, han tomado más importancia en el transcurrir de los años, y aún más gracias al desarrollo de la tecnología. Ahora se disponen de mecanismos que actualmente, resultan tan prácticos, como la Internet. Debido a su conveniencia a los inversionistas, han visto en Panamá, una oportunidad para formalizar un negocio, de manera accesible, y que representa en definitiva, grandes ventajas e incentivos.

Las ventajas e incentivos para la inversión de una S.A. panameña son:

1. No hay necesidad de desplazarse para el territorio panameño

2. Sin necesidad de desembolsos

3. Sencillez de su constitución

4. Flexibilidad en su manejo

5. Reserva de la identidad de los accionistas con las acciones al portador

6. Excención de impuestos sobre ingresos territoriales
7.
Facilitan las operaciones inmobiliarias, por medio de las acciones.

El servicio que brindamos a nuestros clientes, es personalizado, cómodo y conveniente para los inversionisras que tienen deseos de establecer una S.A. panameña.

A continuación hacemos una descripción del servicio que ofrecemos:


1. Pacto Social en Escritura Pública
2. Declaración de Impuesto Sobre la Renta
3. Pago de Tasa Única anual
4. Agente Residente anual
5. Venta de S.A. preconstituidas
6. Domicilio Físico
7. Inscripción en el Min. de Economía y Finanzas (RUC)
8. Inscripción en el Min. Industria y Comercio (Aviso de Operaciones)
9. Libreta de Facturas (100)
10. Sellado de Libros de Comercio (2)
11. Certificación de Registro Público
12. Preparación para Apertura de Cuentas Bancarias
13. Inscripción de la empresa en la Caja del Seguro Social (C.S.S.)
14. Inscripción en la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (AMPYME)

Para el establecimiento de una S. A. es menester la siguiente información:
  • Tres (3) nombres probables de la S.A. en orden de preferencia. A fin de comprobar la disponibilidad del nombre de la Razón Social. Se aprueban nombres en idiomas extranjeros, siempre y cuando éstos sean escritos por letras del alfabeto latino, inclusive se puede incorporar números o una composición de ellos. Debe incluirse además, la palabra o frase o abreviación (S.A.) que indique que es una sociedad anónima.
  • El objeto social, es amplio, de manera que permite dedicarse a cualquier negocio lícito, por lo que se puede anexar un listado de las opciones del objeto. Usualmente se utilizan objetos amplios y generales, sin embargo si el cliente lo dispone, se hace alusión en el pacto social, de los objetos específicos para los cuales se establece la S.A.
  • Tres (3) miembros mínimamente de la Junta Directiva, que pueden ser de cualquier nacionalidad. Además, pueden tratarse de personas Jurídicas o Naturales. Si es el caso de personas naturales, se solicita los nombres completos (a los que no se le permiten iniciales) con sus respectivas direcciones. Si se tratase de entidades jurídicas, se requiere de nombre(s) oficial(es) completo(s) y dirección(es), así como anexar una certificación notariada y apostillada (con autenticación de cónsul panameño), de la autoridad competente de la jurisdicción(es) correspondiente, con la indicación que la entidad está legalmente vigente y quién es su representante legal.
  • Se debe establecer el tiempo de constitución, que incluso puede ser perpetua.
  • Definir qué tipo de acciones se establecerá, acciones nominativas o al portador.
  • Se requiere un capital mínimo de diez mil dólares ($ 10.000.00).
  • Un domicilio en Panamá.
  • Un agente Residente.
Contáctenos a través de: @commerce_maritime


Importance and Constitution of Panamenian Corporations

Corporations in Panama (Sociedades Anónimas, S. A.), have become more important with years, and even more thanks to the development of technology. Now they have mechanisms that currently are as practical as the Internet. Because of convenience, the investors, have seen in Panama, an opportunity to formalize their business, so accessible, and representsgreat benefits and incentives.
The advantages and incentives for investment in a S. A. Panama are:
  1. No need to travel to the territory of Panama;
  2. No need for disbursements;
  3. Easy set up;
  4. Flexibility in their management;
  5. Book of the identity of shareholders with bearer shares;
  6. Exemption from income tax authorities;
  7. Facilitate real estate transactions, through the actions.
The service we provide to our customers is a service, personalized, comfortable and convenient for inversionisras who have desires to establish an S. A. in Panama.


Below is a description of the service we offer: 
  1. Authenticated Covenant;
  2. Statement of Income Tax;
  3. Single Payment Rate;
  4. Annual Resident Agent;
  5. Sale a  preconstituted S. A.;
  6. A domicile;
  7. Appointment of an annual resident agent;
  8. RUC is given a number;
  9. Notice of transactions processed;
  10. Provides a book of books;
  11. Sealed Book;  
  12. Opening Preparation;
  13. Registration of the company in the Social Security Fund (Caja de Seguro Social, C. S. S.);
  14. Registration Authority of the Micro, Small and Medium Enterprises (Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Emprersa, AMPYME)
  15. Among others.
For the establishment of an S. A. is necessary the following information:
  1. Three (3) names of probable S. A. in order of preference. In order to check the availability of the name of the Company name. Names were adopted in foreign languages, as long as they are written by the Latin alphabet, including numbers or can be incorporated into a composition of them. Analysis includes the word or phrase or abbreviation (SA), indicating that it is a corporation.
  2. The object is wide, so it can engage in any lawful business, so you can attach a list of options of the object. Usually broad and general use objects, however if the client has, reference is made in the social pact, of the purposes for which established S. A.
  3. Three (3) members of the Board minimally, that may be of any nationality. They can be natural or legal persons. If this is the case of natural persons is requested the full names (which does not allow you to start) with their addresses. If it were legal entities, are required name (s) official (s) complete (s) and address (es) and attach a notarized certification and apostille (Panamanian consul authenticated), the competent authority of the jurisdiction (s) concerned, indicating that the entity is legally enforceable and who is his legal representative.
  4. You must set the time of incorporation, which may also be perpetual.
  5. Define what actions will be established, registered or bearer shares.
  6. It requires a minimum capital of ten thousand dollars ($ 10,000.00).
  7. A home in Panama.
  8. Resident agent.
If you are interested... @commerce_maritime